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Terminó el desacato al TC: El Minsa no distribuirá la píldora del día siguiente

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El Ministro Ugarte, Víctor Dongo del DIGEMID y Aníbal Velásquez del INS fracasaron en su maniobra de distribuir la AOE

Una victoria provida y Oscar Ugarte, el Ministro de Salud que estaba en desacato con respecto al TC, ha tenido que comerse sus palabras y sus resoluciones.

En numerosos posts habíamos mencionado el tema:

La AOE nuevamente o cómo se da un “golpe de Estado” por unos incompetentes (primera parte) (ver)

La AOE nuevamente – El caos, el silencio y el Premier (segunda parte) (ver)

El TC le comunica al Presidente García que el Ministro de Salud se encuentra en desacato (ver)

Estamos de acuerdo…¿qué espera el Presidente para enviar al Ministro de Salud a su casa? (ver)

Las ALERTA DIGEMID prueban que el MINSA oculta la verdad de la AOE (ver)

En dichos posts veíamos buena parte de las argucias y manipulaciones que realizaron funcionarios del Ministerio de Salud con Oscar Ugarte y Víctor Dongo a la cabeza, para ignorar a la FDA, para hacer creer que el TC se guiaba por criterios fundamentalistas religiosos, etc.

El informe viene de la Gaceta Jurídica que señala:

“El Ministerio de Salud se abstendrá de realizar cualquier actividad referida al uso del Levonorgestrel como anticonceptivo oral de emergencia, en concordancia con el punto 1 de la parte resolutiva de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 02005-2009-PA/TC.

Así se ha dispuesto mediante la Resolución Ministerial Nº 652-2010/MINSA, publicada el sábado 14 de mayo, ordenándose a la Dirección General de Salud de las Personas y a la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas que se abstengan de promover el uso del mencionado medicamento.

Como se recordará, en la controvertida sentencia del Tribunal Constitucional reciada en el Expediente N° 02005-2009-PA/TC se ordenó al Ministerio de Salud a que se abstenga de desarrollar como política pública la distribución gratuita a nivel nacional de la denominada Píldora del día siguiente.

No obstante, el Minsa no venía cumpliendo dicho mandato, pues mediante la Resolución Ministerial Nº 167-2010/MINSA (11/03/2010) declaró que, de conformidad con los uniformes técnicos científicos expedidos posteriormente a la sentencia del Tribunal Constitucional, por parte de la OMS/OPS y de las autoridades competentes Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la Dirección General de Salud de las Personas, existía certeza que el uso del levonorgestrel como anticonceptivo oral de emergencia no era abortivo y no producía efectos secundarios mortales o dañinos teniendo propiedades benéficas para la salud.

Este criterio ha sido modificado con la recientemente publicada Resolución Ministerial Nº 652-2010/MINSA, en la que el mencionado ministerio decide acatar lo dispuesto por el Tribunal Constitucional”. El original de esta resolución se puede ver aquí.

Aquí la Resolución Ministerial en El Peruano que el MINSA tuvo que publicar por orden del Poder Judicial.

Resolución Ministerial 167 2010 Terminó el desacato al TC: El Minsa no distribuirá la píldora del día siguiente

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