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CIDH abriría las puertas al aborto en 25 países de América

corte interamericana de derechos humanos CIDH abriría las puertas al aborto en 25 países de AméricaLa lucha por la defensa de la vida del concebido no se encuentra en las manos de los millones de americanos que están en contra del aborto, ni en las constituciones, ni en los numerosos movimientos providas, sino que parece ser que se encuentra en la decisión de siete jueces que conforman la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que por un mecanismo jurídico vinculante puede obligar a que los países firmantes del Pacto de  San José, tengan que dejar de lado sus Constituciones, y señalar que el concebido o no tiene derechos o se encuentra disminuido en sus derechos frente a una persona nacida.

Precisamente El Comercio, ha tenido a su cargo el ser el primer diario peruano en dar el aviso de alerta de lo que se gesta en dicha Corte  el día de ayer en su sección de política y luego de consultar al constitucionalista y ex Ministro de Justicia, Víctor García Toma. Esta Corte la preside precisamente un peruano, Diego García Sayán, que ha manifestado abiertamente que no considera al embrión como un ser humano.

He aquí la noticia del diario El Comercio:

Antes de fin de año la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitirá una sentencia en el caso de la demanda de 19 ciudadanos al Estado de Costa Rica por impedir el acceso a la técnica reproductiva de la fecundación in vitro. El fallo de este órgano internacional terminará generando un precedente vinculante para los países miembros de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la que justamente el Perú es parte.

La demanda contra Costa Rica es porque habría violado los derechos a la vida privada y familiar, el de fundar una familia y el de igualdad y no discriminación. Esto luego de que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de ese país decidiera, en el año 2000, dejar sin efecto la norma que autorizaba la fecundación in vitro para parejas conyugales y que permitía la fertilización de hasta seis óvulos por ciclo de tratamiento.

El argumento de la Sala Constitucional de Costa Rica fue que esta técnica “implicaba una elevada pérdida de embriones causada por una manipulación consciente y voluntaria”.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que es el organismo que ha demandado a Costa Rica pidió que la corte ordene a dicho país levantar la prohibición de la fecundación in vitro, legisle sobre esta de modo que sea compatible con los derechos vulnerados y garantice a todas las parejas el acceso a ese tratamiento; finalmente, que repare a las víctimas, es decir, a quienes no pudieron acceder a dicho tratamiento.

Implicancias del fallo

La decisión que tome la corte de derechos humanos impactará sobre los países miembros de la convención, entre ellos el Perú.

“Un fallo de la corte interamericana tiene dos efectos. El primero para las partes, en este caso Costa Rica y los demandantes ; y el segundo es que la interpretación y los artículos de la convención que sean objeto de la controversia son vinculantes para los estados miembros que la suscribieron”, explica el ex ministro de Justicia Víctor García Toma.

Esto significa que si la corte fallara en contra del Estado de Costa Rica, se crearía un precedente en torno al inicio de la vida y la defensa de esta, pese a que en el caso del Perú está garantizada por la Constitución desde la concepción del nuevo ser.

Además, según explica García Toma, la cuarta disposición transitoria de la Constitución Política del Perú señala que los jueces nacionales están obligados a aplicar los derechos fundamentales en conformidad con la interpretación que establezca la corte. Los efectos de esa sentencia se extienden a todos y en el caso peruano más claro aun, dice el especialista.

Consultado sobre la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, García Toma manifestó que esta se circunscribe a la defensa de los derechos que están garantizados en la convención.

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