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Cuestionan que la sentencia de la CIDH haya sido formulada sobre “bases científicas disponibles”

melisa institute3 Cuestionan que la sentencia de la CIDH haya sido formulada sobre bases científicas disponiblesEn la injusta y reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se señala que ésta que “luego de un análisis de las bases científicas disponibles” concluyó que la “concepción”  tiene lugar desde el momento en que el embrión se implanta en el útero. Esta triquiñuela jurídica y semántica era para justificar la libre disposición de embriones como si no fueran personas humanas con dignidad y derecho a que su vida sea respetada. (ver post). Es además una puerta abierta a la próxima libre disposción de los embriones como si fueran cosas para su libre experimentación.

Pero, ¿es cierto que han consultado a las bases científicas disponibles? No, no es cierto, eso manifiesta una absoluta parcialidad y manipulación de la ciencia.

Precisamente el Dr. Elard Koch, Investigador del Melisa Institute de Chile podemos leer a continuación su artículo en donde cuestiona la afirmación que la sentencia de la CIDH sobre  ”bases científicas disponibles” .  Es más, señala que la ciencia actual niega que la vida humana comience con la anidación.

En el reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto a la reproducción asistida en Costa Rica, los ilustres miembros de la corte ‒excluyendo un jurista chileno que fundamentó un voto disidente‒ han debido recurrir a un verdadero acto de acrobacia retórica para intentar justificar que el embrión humano, en sus primeras etapas de desarrollo, no es titular del derecho humano a la vida. Pero en mi opinión, sin una base científica real, lógica y libre de contradicciones, este fallo lejos de sentar un precedente positivo para la región, ha colocado en entredicho la credibilidad, imparcialidad y objetividad de la CIDH.

Ningún científico serio, cualquiera sea su credo ‒o non-credo si se prefiere la anatema‒ puede refutar que la “fecundación” marca el comienzo de una nueva vida humana, siendo esta premisa verdadera tanto para la concepción espontánea, como para la concepción a través de la fecundación in vitro. Sin embargo, contra esta lógica elemental, la CIDH ha explícitamente intentado circunscribir la “concepción” al momento de la “implantación” del embrión en el útero materno, dejando en el limbo el momento de la “fecundación” que da origen al embrión y todo el proceso de desarrollo previo a su anidación en el útero. En un calendario equivalente al tiempo de la vida embrionaria, sería parecido a decir que los primeros 10 años de nuestra vida inmediatamente después de nacer, no cuentan para definir nuestra existencia.

Normalmente, un nuevo ser humano es concebido con la unión del óvulo y el espermatozoide (fecundación) en una de las dos Trompas de Falopio maternas, un lugar y proceso biológico que diferencia la concepción espontánea de aquella que ocurre a través de la fecundación in vitro.

Inmediatamente luego de ocurrida la fecundación en una concepción espontánea, comienza un rico diálogo molecular entre el embrión y su madre, que coopera para su desarrollo, movimiento, transporte, arribo e implantación en el útero materno ‒en promedio, alrededor de 10 días desde la fecundación-.

La lucha por la vida es severa ya en esta primera etapa, pues fallas en este intercambio molecular madre-hijo pueden determinar una pérdida muy temprana o terminar en un ciclo de concepción no gestacional, ocasionado la mayor de la veces por anomalías embrionarias severas. De hecho, la existencia de este tipo de ciclos, parece congruente con la presencia de mecanismos protectores de selección natural aún no bien conocidos al comienzo de la vida humana, antes de la implantación embrionaria.

Ahora, aún más allá de los mecanismos de selección natural protectores, la investigación del riesgo perinatal actualizada, ilustra como la concepción espontánea y los eventos previos a la implantación, juegan también un importante rol protector para el nacimiento del hijo o hija a una edad gestacional adecuada.

En una revisión de la evidencia científica a cabeza de imprenta en la revista Human Reproduction Update, la doctora Anja Pinborg junto a expertos en reproducción asistida de países líderes en la materia como Dinamarca, Noruega, Suecia y Finlandia, confirmaron que las técnicas artificiales incrementan al menos 50% el riesgo de un niño nacido prematuro (< 37 semanas de gestación) y muy prematuro (< 32 semanas) comparado con la concepción espontánea. Aún en las mismas madres, niños concebidos por reproducción asistida tuvieron un desenlace menos favorable respecto al nacimiento que sus hermanos concebidos espontáneamente.

Aunque los mecanismos causales no son del todo claros, estos podrían incluir alteraciones epigenéticas (mecanismos moleculares que regulan la expresión de genes) ocurridas durante la generación, manipulación o crio-preservación de embriones humanos o incluso técnicas artificiales previas a la fecundación in vitro, como la hiperestimulación ovárica hormonal utilizada para obtener un número suficiente de óvulos fecundables.

Desde una perspectiva epidemiológica, es necesario señalar que más de 50% de la mortalidad perinatal se asocia al nacimiento prematuro. Debido a la inmadurez propia de sus órganos, en especial en infantes con menos de 32 semanas de gestación, se requieren unidades de cuidados intensivos neonatales que concentran el más alto costo y gasto en cuidados pediátricos. Un porcentaje no menor de niños muy prematuros puede resultar con secuelas importantes, como algunos problemas neurológicos de por vida.

melisalogo Cuestionan que la sentencia de la CIDH haya sido formulada sobre bases científicas disponiblesPor tanto, cuando hablamos de un incremento del riesgo de nacimiento prematuro provocado por la técnicas de reproducción asistida per se o de efectos protectores de la concepción espontánea per se, no es información trivial, en especial, para las parejas que buscan concebir a través de las técnicas artificiales.

Finalmente, es necesario enfatizar que como materia de hecho científico, una nueva vida humana comienza con la fecundación y no con la implantación. Los ciclos de reproducción asistida simplemente no pueden ser homologados con los ciclos de concepción espontánea, algo muy bien documentado en la literatura científica. En consecuencia, cualquier intento de identificar “concepción” con “implantación” omitiendo la fecundación y todos los procesos previos a la anidación del embrión humano en el útero materno, como hace la CIDH, es un artificio retórico refutado una y otra vez por la ciencia contemporánea.

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