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Enseñanza de la Iglesia Católica: No se puede votar en favor de un candidato que esté a favor o sea permisivo con el aborto

Lo que enseña la Iglesia1 Enseñanza de la Iglesia Católica: No se puede votar en favor de un candidato que esté a favor o sea permisivo con el abortoLa idea de este informe es responder a la pregunta si el católico tiene guías dadas por el Magisterio de la Iglesia para que pueda discernir un voto ético, y en este caso concreto, con respecto a su contribución en el plano político a la defensa de la vida.

Pero si bien hemos querido hacer un informe para los católicos en el cual la enseñanza de la Iglesia es el marco referencial, no podemos dejar de mencionar que la ética católica al basarse en la moral natural puede ser entendida y ser aceptable por personas de otros credos, como también agnósticos y ateos que consideran, al igual que la doctrina católica, al aborto como el acto injusto de eliminar la vida de un niño en el vientre de su madre (1).

Debido a que el voto que ejercen los ciudadanos católicos, en unas elecciones es un deber y un derecho, además de un acto político que tiene repercusiones sociales, el principal documento para nuestro informe es el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (CDSI),  encargado por San Juan Pablo II para su realización al Pontificio Consejo “Justicia y Paz” y que fue publicado en el 2005.  Precisamente el Papa Francisco se refirió a este Compendio como un instrumento muy adecuado para reflexionar sobre las graves cuestiones sociales (2) .

La Iglesia enseña que su doctrina social «se trata de una doctrina que debe orientar la conducta de las personas» (3) y «se sitúa en el cruce de la vida y de la conciencia cristiana con las situaciones del mundo…». (4) (CDSI, 73).

Para poder entender la gravedad y la dimensión ética que tiene el aborto en el plano social debemos tener en cuenta que la Iglesia señala en su Catecismo lo siguiente:

«El aborto directo (procurado), es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral» (5). El aborto es un crimen, «un daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad» (6). «El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación» (7).

O el mismo Papa Francisco recientemente (8):

«El aborto no es un “mal menor”. Es un crimen. Es echar fuera a uno para salvar a otro. Es lo que hace la mafia. Es un crimen, es un mal absoluto».

Para aligerar y hacer más entendible lo que enseña la Iglesia sobre esta materia, lo desarrollaremos a través de preguntas:

1) ¿La Iglesia por qué opina acerca de cómo debe votar un católico?

El voto para las elecciones de los futuros gobernantes tiene unas consecuencias en la vida social y en numerosos ámbitos (políticos, económicos, legales, ecológicos, etc.). Por lo tanto, el voto tiene un carácter moral por su vínculo con el desarrollo social desde una visión integral del hombre.

Como señala la Iglesia, «mediante el cumplimiento de los deberes civiles comunes, “de acuerdo con su conciencia cristiana”(9), en conformidad con los valores que son congruentes con ella, los fieles laicos desarrollan también sus tareas propias de animar cristianamente el orden temporal, respetando su naturaleza y legítima autonomía (10), y cooperando con los demás, ciudadanos según la competencia específica y bajo la propia responsabilidad (11). Consecuencia de esta fundamental enseñanza del Concilio Vaticano II es que «los fieles laicos de ningún modo pueden abdicar de la participación en la “política”; es decir, en la multiforme y variada acción económica, social, legislativa, administrativa y cultural, destinada a promover orgánica e institucionalmente el bien común» (12), que comprende la promoción y defensa de bienes tales como el orden público y la paz, la libertad y la igualdad, el respeto de la vida humana y el ambiente, la justicia, la solidaridad, etc.» (13).

Sobre esta participación del católico en la vida social el Papa Francisco señala:

«…nadie puede exigirnos que releguemos la religión a la intimidad secreta de las personas, sin influencia alguna en la vida social y nacional, sin preocuparnos por la salud de las instituciones de la sociedad civil, sin opinar sobre los acontecimientos que afectan a los ciudadanos. ¿Quién pretendería encerrar en un templo y acallar el mensaje de san Francisco de Asís y de la beata Teresa de Calcuta? Ellos no podrían aceptarlo. Una auténtica fe —que nunca es cómoda e individualista— siempre implica un profundo deseo de cambiar el mundo, de transmitir valores, de dejar algo mejor detrás de nuestro paso por la tierra» (14).

Conclusión: El voto, es una expresión de la participación en la vida social y en la política de laico católico, y a su vez tiene que encontrarse de acuerdo a su conciencia cristiana y en conformidad con los valores que son congruentes a ella.

2) ¿Votar no es un tema de conciencia personal?

Sí, lo es. Pero existe en nuestra cultura actual, una mal entendida autonomía de la conciencia que tal como lo señala el Catecismo de la Iglesia Católica (15) puede llevar a desviaciones del juicio en la conducta moral.

Sin entrar en profundidades filosóficas podemos decir que el juicio de la conciencia implica la obligación que en este acto exista un vínculo entre mi libertad con la verdad porque “la madurez y responsabilidad de estos juicios se demuestran no con la liberación de la conciencia de la verdad objetiva, en favor de una presunta autonomía de las propias decisiones, sino, al contrario, con una apremiante búsqueda de la verdad y con dejarse guiar por ella en el obrar”. (16) (CDSI, n. 139)

Entre las fuentes para formar e iluminar la conciencia del católico se encuentra la Palabra de Dios, la oración, los testimonios o consejos de los otros y las enseñanzas autorizadas de la Iglesia (17).

Conclusión: Si bien el voto es un acto de conciencia personal, éste debe ser iluminado por fuentes que se encuentran en coherencia con los valores morales verdaderos, dados por la Palabra de Dios y la Enseñanza de la Iglesia.

3) ¿Los católicos antes de votar debemos preguntarnos sobre la posición del candidato a la presidencia o al congreso frente a la defensa de la vida y el aborto?

Sí. Y la razón es que existe una relación entre candidatos, planes de gobierno y su posición firme o permisiva a favor del derecho a la vida desde la concepción. Una posición permisiva al aborto es aquella que si bien el aborto no se encuentra en sus planes de gobierno, sí se encuentra a favor de éste, por tanto, no se opondrá a iniciativas en el gobierno a favor del mismo.

a) En el caso de la Presidencia

Cuando se vota por un candidato a la presidencia se vota al mismo tiempo, principalmente, por sus planes de gobierno. Si el candidato tiene en su programa el despenalizar el aborto o que sea parte de los “derechos sexuales y reproductivos”, entonces votar por él, es también votar por el aborto. También implica que al votar por determinado candidato en la práctica se está votando también por su equipo de gobierno el cual controlará ministerios claves como los de Salud, Justicia, Educación, o de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, los cuales tendrán un papel clave en la defensa de la vida o para la promoción del aborto en el futuro gobierno.

b) En el caso del Congreso

En el caso de un candidato al Congreso su situación repercute de una manera distinta en este tema. Un congresista puede tener como motivo de su campaña un proyecto totalmente diverso a un tema vinculado a la defensa de la vida, como por ejemplo, el de transporte o el de seguridad ciudadana. Pero como congresista su voto puede ser gravitante en alguna comisión o en el pleno del Congreso a favor o en contra de la vida. Por lo tanto, al votar por un congresista que apoye el aborto o defienda la vida, aunque esté no sea el motivo principal de su campaña, colaboro en esa misma línea en la legislación de las leyes provida o pro aborto.

Los documentos que manifiesta este carácter moral del voto vinculado a la posición de los candidatos con respecto al aborto son:

A.  En 1974 la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe a través del documento “Declaración sobre el aborto procurado” afirma:

«En todo caso debe quedar bien claro que un cristiano no puede jamás conformarse a una ley inmoral en sí misma; tal es el caso de la ley que admitiera en principio la licitud del aborto. Un cristiano no puede ni participar en una campaña de opinión en favor de semejante ley, ni darle su voto, ni colaborar en su aplicación» (18).

B. San Juan Pablo II en su encíclica Evangelium Vitae volverá a incidir en este criterio de acción moral:

«En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, “ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto“» (19).

C. En un contexto más amplio la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe a través de la “Nota Doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política ” señala:

«…la conciencia cristiana bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contengan propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral» (20). (Compendio DSI, 570)

D. También un documento de la Conferencia Episcopal Peruana ante las elecciones municipales y regionales de setiembre del 2010 publicó el documento titulado “La política debe buscar el bien común y no el beneficio grupal ni personal” señalando en su punto 5:

“Debe tenerse en cuenta además la visión ética y moral de los candidatos ante los valores fundamentales como la defensa de la vida humana, de la familia, del matrimonio, de la dignidad de la mujer, y de los derechos humanos ya que el futuro del país exige de todos los peruanos, pero de manera particular de sus autoridades, rectitud ética en el desarrollo de sus responsabilidades para realizar y apoyar los cambios que nuestra sociedad necesita” (21).

Conclusión:

Siendo el aborto contrario a los contenidos de la fe como de la moral, sería inmoral votar por un candidato que impulse o promueva leyes favorables al aborto.

4. ¿Es el aborto el único criterio decisor a la hora de votar por un candidato?

No. Para votar por determinado candidato el que este se encuentre a favor del aborto o no, no es el único criterio decisor, pero la ética exige que este otro criterio tiene que ser de igual importancia o gravedad que el del aborto. Los siguientes puntos nos pueden iluminar al respecto:

A. El Papa Benedicto XVI en su Exhortación Apostólica PostSinodal Sacramentum Caritatis señala que existen cuatro valores no negociables en la vida social. En el punto 83 de dicho documento señala:

«El culto agradable a Dios nunca es un acto meramente privado, sin consecuencias en nuestras relaciones sociales: al contrario, exige el testimonio público de la propia fe. Obviamente, esto vale para todos los bautizados, pero tiene una importancia particular para quienes, por la posición social o política que ocupan, han de tomar decisiones sobre valores fundamentales, como

-  El respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural.

-  La familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer.

-  La libertad de educación de los hijos.

-  La promoción del bien común en todas sus formas.

Estos valores no son negociables».

Precisamente teniendo como base estos valores no negociables se firmó en julio de 2014 el “Compromiso por el Perú”: Defensa de la Vida, la Familia, la Educación y la Libertad Religiosa, y que suscribieron varios partidos e Iglesias.

Por lo tanto, en nuestras relaciones sociales, y ello incluye el voto que ejercemos, la Iglesia enseña que estos valores tienen una importancia tal, que al violarlos se atenta gravemente contra los derechos de los demás e impide alcanzar el bien común de la sociedad. En ese sentido, por ejemplo, no se puede comparar el ir en contra de algunos de estos valores con respecto a cuestiones técnicas o económicas como puede ser inversión en infraestructura o leyes electorales con el derecho a la vida.

Es bueno señalar por ejemplo que la Evangelium Vitae señala que el aborto colisiona contra el logro del bien común:

«Por tanto, las leyes que autorizan y favorecen el aborto y la eutanasia se oponen radicalmente no sólo al bien del individuo, sino también al bien común y, por consiguiente, están privadas totalmente de auténtica validez jurídica. En efecto, la negación del derecho a la vida, precisamente porque lleva a eliminar la persona en cuyo servicio tiene la sociedad su razón de existir, es lo que se contrapone más directa e irreparablemente a la posibilidad de realizar el bien común» (22).


[1]La doctrina social de la Iglesia es una enseñanza expresamente dirigida a todos los hombres de buena voluntad”. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, 84

[2] Papa Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium, 184

[3] Juan Pablo II, Carta enc. Sollicitudo rei socialis, 41

[4] Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 59

[5] Catecismo de la Iglesia Católica, 2271

[6] Catecismo de la Iglesia Católica, 2272

[7] Catecismo de la Iglesia Católica, 2273

[8] Conferencia de Prensa del Papa Francisco durante su vuelo de regreso a Roma luego de su visita a Méjico. 17 febrero 2016

[9] Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, n 76.

[10] Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, n 36.

[11] Concilio Vaticano II, Decreto Apostolicam actuositatem, 7; Constitución Dogmática Lumen gentium, n. 36 y Constitución Pastoral Gaudium et spes, nn. 31 y 43.

[12] Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Christifideles laici, n. 42.

[13] Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota Doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política, 1

[14] Papa Francisco, Evangelii Gaudium, 184

[15] Catecismo de la Iglesia Católica, no. 1792.

[16] Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, 139

[17] Catecismo de la Iglesia Católica, N. 1785

[18] Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración del aborto procurado , 22

[19] Juan Pablo II, enc. Evangelium Vitae, 73

[20] Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota Doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política, 4

21] Papa Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium, 183

[22] Juan Pablo II,  enc. Evangelium Vitae, 72

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