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Contenido de los DDSSRR

Más ilustrativo que una definición resulta el elenco de derechos que se suele incluir bajo la categoría de DDSSRR. Compilando tres textos de 1996, la Declaracion de los Derechos Sexuales y Reproductivos de la Federación Internacional de Planificación Familiar International Planned Parenthooh Federation, IPPF, la obra de Mari Ladi Londoño Sexual and Reproductive Rights, y el Foro Abierto para los Derechos Sexuales y Reproductivos en Chile, se recogen los siguientes derechos de un modo abierto a nuevas inclusiones:

  • el ejercicio de la independencia sexual, así como el derecho a disfrutarla según las propias preferencias, y el derecho a que esto se proteja jurídicamente;
  • sexualidad placentera y recreativa, independiente de la reproducción;
  • conocimiento e información adecuados sobre sexualidad y reproducción;
  • amor, sensualidad y erotismo en las relaciones sexuales;
  • la educación sexual que sea apropiada, comprehensiva, laica, científica y sensibilizada hacia el género;
  • el rechazo a toda intervención externa en una actividad sexual;
  • libertad frente al miedo, la vergüenza la culpabilidad y otras creencias impuestas que inhiben la sexualidad de una persona y disminuyen sus relaciones;
  • elección de compañeros sexuales, para ejercer la sexualidad sin coerción o violencia;
  • nutrición necesaria para un crecimiento adecuado y desarrollo equilibrado del propio cuerpo y de la potencialidad procreativa, desde la infancia;
  • maternidad voluntaria, para decidir y vivir la maternidad desde la propia elección y no por obligación;
  • información completa en lo concerniente a los beneficios, riesgos y efectos relativos de todos los medios contraceptivos;
  • métodos anticonceptivos libres gratuitos con información pública, seguimiento y responsabilidad por parte de aquellos a quienes se lo prescriban;
  • matrimonio y familia o la libertad de no tenerlos;
  • paternidad y el derecho a decidir a cuándo se tienen hijos;
  • buena calidad de los servicios para el cuidado prenatal, nacimiento, y cuidado del post-parto, garantizado por la ley;
  • participación igual de las mujeres y de los hombres en el cuidado de los niños construyéndolo creativamente por encima de los tradicionales roles de género.
  • protección jurídica efectiva contra la violencia sexual:
  • adopción y derecho a un trato completo y accesible para la infertilidad;
  • prevención y tratamiento de la infertilidad del aparato reproductivo, y el derecho a decidir sobre las intervenciones con ello relacionadas.

De este elenco se deduce con facilidad que los DDSSRR son, en realidad,

  • un programa de transformación de la moral de la sexualidad y de la vida,
  • una agenda política para el cambio de las costumbres sexuales y familiares de los pueblos.

(Tomado de el Lexicon, Términos ambiguos y discutidos sobre familia, vida y cuestiones éticas,  a cargo del Consejo Pontificio para la Familia)