
Ciega, sí...¿pero abortista?
Mientras por un lado la congresista aprista Hilda Guevara impone su visión de una “Ley de Derechos sexuales y Reproductivos” (que en verdad es producto de la asesoría de Manuela Ramos y Promsex) en la Comisión de Salud del Congreso (para abreviar pues su nombre es más extenso), se generaba otro frente.
Nos estamos refiriendo a la Comisión Especial Revisora del Código Penal que en su sesión del 06 de octubre, y tal como figura en la web del Congreso, aprobó varios atentados contra la vida de los peruanos que ya concebidos y que gozan de los derechos que da la Constitución Peruana.
Veamos lo que dice la web del Congreso:

Esta imagen nos permite ver además de quiénes conforman la Comisión y representando a qué instituciones según la ley 28891 (12 oct 2006) que la establece en este número y proporción y que luego fue prorrogada por la ley 29295:
a) Congreso de la República – 3 representantes (Preside uno de ellos)
b) Poder Judicial (2 representantes)
c) Ministerio de Justicia (2 representantes)
d) Junta de decanos de los Colegios de Abogados del Perú (2 representantes)
e) Ministerio Público (1 representante)
f) Representante de la Defensoría del Pueblo (1 representante)
g) Representante de la Asamblea de Rectores y/o Universidades con facultades de Derecho de más de 10 años (3 representantes)
Es decir, 14 representantes.
Esta Comisión viene revisando el texto de un nuevo Código Penal (este texto ha sido revisado ya por varios juristas que dejaron pasar este tema sobre el aborto pero ésa es otra historia).
El proyecto ley señalaba lo siguiente:
Artículo 119.- Aborto terapeútico
No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.
Artículo 120.- Aborto sentimental y eugenésico
El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres meses:
1.Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de matrimonio o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera de matrimonio, siempre que los hechos hubieren sido denunciados o investigados, cuando menos policialmente; o
2. Cuando es probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico.
Los de la comisión de marras señalaron lo siguiente:
Aprobó la propuesta de unificar los artículos 119° y 120° de acuerdo al texto presentado por el comisionado Prado Saldarriaga que despenaliza el aborto en tres supuestos:
1) Cuando constituye el medio adecuado para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave e inminente;
2) Cuando es probable que el ser en formación adolezca o desarrolle graves malformaciones o taras físicas o psíquicas, siempre que al respecto exista un diagnóstico médico especializado;
3) Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual, siempre que los hechos hubieren sido denunciados penalmente, así como de la inseminación artificial o transferencia de un óvulo fecundado no consentidas
En otras palabras, la instalación del aborto en el país.
Rosa Mavila León

Rosa Mavila León, feminista y amiga de DEMUS
Este intento de ratificar estos temas se lo debemos en parte a Rosa Mavila León, feminista y amiga de DEMUS, ex miembro del Partido Comunista Revolucionario (PCR)como lo admitió en una entrevista al diario El Comercio en 2006.
Como dice la agenda de ese día: Votación de las propuestas de modificación de la Parte Especial del Código Penal, formuladas por la comisionada Rosa Mavila León, respecto a los Delitos de Aborto.
Esto también fue señalado por la Agencia Perú de noticias el 23 de setiembre como se puede leer aquí.
Mavila ya llevaba una posición al respecto, por ejemplo, Promsex señala que DEMUS en abril del 2006 pone a disposición del Estado Peruano un documento “elaborado por la jurista Rosa Mavila León, titulado A propósito de la obligación de gestación y alumbramiento del feto anencefálico, el cual brinda argumentos jurídicos que respaldan la interrupción terapéutica de un embarazo con feto de las características señaladas”. (pág 35 de “Comportamiento del Estado Peruano frente al aborto terapeútico”, agosto 2007, Promsex).
No solamente eso, sino como señala DEMUS en su web, que Rosa Mávila participó en el seminario “Responsabilidad Estatal en materia de aborto terapéutico: Caso Karen Llantoy” que se realizó el viernes 13 de octubre del 2006 en la Universidad Peruana Cayetano Heredia. Este lamentable caso se trataba de un bebé anencefálico y que según DEMUS Karen Llantoy fue afectada por el estado al no permitírsele abortar.
En ese evento amparado por la UPCH, argumentó “que desde cualquier orientación dogmático penal la culpabilidad no sólo supone la lesión a la norma sino que sólo se pueda imputar a la persona que es la autora de la generación de un riesgo que lesione el bien jurídico, de modo tal que dicho riesgo se plasme en el resultado. Refiriéndose a casos similares a los de Karen, ella manifestó que es evidente que no puede imputarse a la gestante el hecho de que el ser en formación tenga graves taras físicas. Lo único que podría atribuírsele es no culminar el embarazo del feto que presenta esa grave anomalía”. En otras palabras adelante con el aborto.
Sintomáticamente DEMUS a través de su boletín celebra su triunfo abortista en la Comisión Revisora. Leer aquí.
La votación
Según señala El Comercio el día 7 de setiembre:
“La comisión especial revisora del Código Penal acordó ayer —por cuatro votos a favor y dos en contra— despenalizar el denominado aborto eugenésico, es decir impedir el nacimiento de un feto que clínicamente ha sido diagnosticado con malformaciones congénitas. Del mismo modo, la propuesta señala que podrían abortar las mujeres que han sido víctimas de violación sexual.
A favor de la propuesta votaron Rosa Mavila, miembro de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Lima (CAL); Víctor Prado, representante del Poder Judicial; Luis Bramont, de la Asamblea Nacional de Rectores, y Ricardo Váscones, del Ministerio de Justicia.
En contra de la propuesta votaron Arsenio Oré, miembro del CAL, y Fernanda Ayasta, representante del Ministerio de Justicia, quienes argumentaron que debía protegerse la vida del niño concebido, independientemente de las circunstancias.
El presidente de dicho grupo de trabajo, el congresista Carlos Torres Caro (No Agrupado), lamentó la decisión.
Preguntas:
1) ¿Si son 14 miembros, cómo es que con el voto de 4 miembros se consigue aprobar el texto legislativo?
2) Si son representantes de sus instituciones, ¿cómo es que el voto de Rosa Mavila y Arsenio Oré, ambos representantes de la CAL votaron diferente? El caso del Ministerio de Justicia se explicará más adelante.
3) ¿Cómo es posible que Torres Caro lamente la decisión cuándo sabemos que no votó en contra?
Lo cierto es que hay mucho que explicar.
El Ministerio de Justicia le quita el piso a Ricardo Váscones

Aurelio Pastor puso las cosas en su lugar
A través de un comunicado el Ministerio ha reiterado su posición contraria a despenalizar el aborto, tal como lo refiere el documento remitido el pasado 21 de septiembre a la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República.
Al respecto, el ministro de Justicia, Aurelio Pastor Valdivieso, lamentó que durante la sesión de la citada comisión especial realizada ayer, los comisionados del sector emitieran un voto en un sentido distinto a la posición institucional sobre un tema excesivamente importante.
El ministro Aurelio Pastor dijo, además, que se ha solicitado un detallado informe sobre los hechos a los comisionados que representan al sector ante el grupo de trabajo del Parlamento Nacional.
El documento alcanzado sobre la posición del Minsiterio de Justicia lo puedes leer en el siguiente lugar.

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