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La confusión de los Obispos alemanes sobre la PDS y una respuesta desde el Perú

pds La confusión de los Obispos alemanes sobre la PDS y una respuesta desde el PerúComo muchos saben, los Obispos alemanes la embarraron. Lanzaron un comunicado señalando que ya existía la posibilidad de usar píldoras del día siguiente sin efecto abortivo. Varias voces salieron inmediatamente a cuestionar su existencia y la irresponsabilidad de esa afirmación sin dar ninguna explicación. En el Perú, Mons. José Antonio Eguren salió al ruedo a aclarar dicho entuerto como Presidente de la Comisión de Familia y Defensa de la Vida de la Conferencia Episcopal Peruana. He aquí el comunicado:

Al concluir esta semana su reunión plenaria, los Señores Obispos de la Conferencia Episcopal Alemana emitieron una breve declaración titulada “Cuestiones Teológico-Morales en caso de violación (la Píldora del Día Después)”. En ella, de manera solitaria y sorpresiva, han autorizado el uso de la “Píldora del Día Siguiente” (PDS) o Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) en los hospitales católicos de su país para las mujeres víctimas de violación sexual, alegando que existen “nuevos preparados” que no tendrían efecto abortivo.

Al haber sido preguntado por algunas personas de buena voluntad y por diversos medios de comunicación social sobre esta polémica declaración quiero manifestar lo siguiente:

1. La Conferencia Episcopal Alemana ha afirmado “la disponibilidad de nuevos preparados con principios activos alterados” de la píldora del día siguiente que carecen de efecto abortivo, mas no ha señalado en qué consisten estas altraciones ni qué nuevos estudios científicos avalan dicha afirmación. Lo que sí se sabe es que hasta el día de hoy los fabricantes más serios de este fármaco reconocen que la PDS o AOE tiene tres posibles mecanismos de acción: prevenir la ovulación, interferir con la movilidad del esperma y evitar la implantación del embrión. Este último, impedir la implantación o anidación en el útero materno del embrión (es decir de un nuevo ser humano), es un aborto. También la Federal Drug Administration (FDA), la institución de control de medicinas y fármacos que establece los estándares para los Estados Unidos de América y en consecuencia, para el resto del mundo, reconoce hasta el día de hoy el potencial efecto abortivo de la PDS o AOE.

Por tanto, no se conoce una “píldora del día siguiente” cuyo potencial efecto abortivo sea unánimemente descartado por la comunidad científica internacional y menos de su comercialización como tal. En consecuencia, bajo esas circunstancias y hasta el momento, su uso es siempre inmoral también en caso de violación.

2. Si en el futuro se desarrollase una PDS o AOE que reúna las características que permitan la moralidad de su uso tras una violación, será la Santa Sede quien lo comunicará, cosa que no ha ocurrido hasta la fecha.

3. En el Perú está prohibido el uso de la PDS o AOE por sentencia del Tribunal Constitucional del 16 de octubre de 2009 (STC 2005-2009-PA/TC), ya que no se ha demostrado la inexistencia del efecto abortivo de dicho fármaco (efecto antianidatorio). Nuestro ordenamiento constitucional y legal vigente protege al embrión, es decir al Niño por nacer desde su concepción, la cual se produce en la fecundación (unión de un espermatozoide con un óvulo).

4. Ante la consulta de si es moral administrar a la mujer, tras la violación una “píldora del día siguiente” que evite la fecundación, es decir que evite que los espermatozoides del injusto agresor (el violador) alcancen los óvulos de la víctima, la respuesta es sencilla: Sí, siempre y cuando no exista riesgo de que ese mismo fármaco provoque un aborto si la fecundación ya se hubiera producido.

Es conveniente señalar además que si bien los esposos no deben utilizar la anticoncepción para regular la natalidad, pues es un medio moralmente reprobable (ver Humanae Vitae, nn. 11 y 12), esta norma moral, que no ha cambiado ni puede cambiar, no es de aplicación en una violación. La violación es un acto inhumano y gravemente injusto y por tanto, a este caso son de aplicación los principios morales de la legítima defensa.

5. Finalmente y sobre la dolorosa realidad de la violación, quiero expresar lo siguiente:

a. La doctrina de la Iglesia Católica nos enseña que: “La violación es forzar o agredir con violencia la intimidad sexual de una persona. Atenta contra la justicia y la caridad. La violación lesiona profundamente el derecho de cada uno al respeto, a la libertad, a la integridad física y moral. Produce un daño grave que puede marcar a la víctima para toda la vida. Es siempre un acto intrínsecamente malo. Más grave todavía es la violación cometida por parte de los padres (incesto) o de educadores con los niños que les están confiados” (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2356).

b. El violador no tiene ningún derecho a acceder carnalmente a su víctima y por lo tanto tampoco a que sus espermatozoides fecunden los óvulos de la mujer a la que viola. Por tanto es lícito intentar evitar dicha fecundación con medios también lícitos como por ejemplo el lavado vaginal.

c. Si como fruto de la violación ya se ha producido la fecundación del óvulo, entonces nos encontramos ante un nuevo ser humano y a este respecto es clara la doctrina de la Iglesia: “Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral” (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2271). Que la fecundación se haya producido como consecuencia de una violación no cambia en nada esta valoración del aborto. Nunca es legítimo matar al hijo concebido, tampoco en las condenables y brutales circunstancias de una violación.

d. En una violación donde se haya producido una fecundación, es decir donde se ha concebido una nueva vida humana, hay dos víctimas: la madre (la mujer violada) y el hijo. El fruto de este acto violento es un “niño inocente” que tiene derecho a la vida y que no tiene para nada la culpa de la brutal acción de su padre.

e. Los abrumadores casos de mujeres que fueron víctimas de una violación y que quedaron embarazadas y que sabia y valientemente eligieron mantener la vida de su hijo, testimonia que dicha decisión es la que realmente triunfa sobre la violación, ya que es la elección del bien sobre el mal y el triunfo del amor sobre la violencia.

San Miguel de Piura, 23 de febrero de 2013.

Mons. José Antonio Eguren Anselmi S.C.V.

Arzobispo Metropolitano de Piura

Presidente de la Comisión Episcopal de Familia, Infancia y Defensa de la Vida

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