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La infracción constitucional de Pilar Mazzetti

pmazetti La infracción constitucional de Pilar Mazzetti

Pilar Mazzetti, impuso la AOE el año 2004.

Nos han enviado un reportaje aparecido en Cuarto Poder el 2004 (disculpen las fallas de origen, como se dice), muy interesante. Hemos tenido que ponerlo en dos partes.

Ese año la entonces Ministra de Salud Pilar Mazzetti puso al Perú en el primer lugar de investigación médica pues aseguró lo que ni la FDA, ni la EMEA o cualquier institución de algún país de alta vigilancia había podido afirmar (hasta ahora): había descartado el efecto abortivo de la AOE. Gracias a un “informe científico” del Dr. Távara (conocido como el “informe Távara” y que actualmente trabaja en PROMSEX), Mazzetti se creía con las “espaldas cuidadas” de poder imponer(ese es el verbo exacto) la AOE como política pública de salud del Estado.

En ese entonces, la Resolución Directoral a favor de la AOE del Ministro Eduardo Pretell del 2001 estaba vigente pero observada, y aunque Uds. no lo crean, afirmaba que existía el efecto anti implantatorio, el cual es abortivo, conocido en ese entonces como el “tercer efecto” (ahora se sabe que hay más efectos).

Mazzetti sabía que no podía oponerse a la Constitución, pero estaba blindada en el Congreso y se valió del “informe de Távara” que era una mera recolección de estudios científicos sesgados, del lobby abortista y feminista, del Colegio Médico del Perú que ya estaba tomado por el mismo lobby, de la SPOG a cargo de Miguel Gutiérrez entre otros. Resaltó por su complicidad el entonces Ministro de Justicia, Blado Kresalja.

Podemos ver el video dividido en dos partes:

¿Qué nos dice el video?

Lo que sintetiza la Dra. Maíta García: “que la verdad no se está diciendo”. Y en efecto, este informe en la época que se emitió era totalmente sui generis. Muchos medios habían declarado a Pilar Mazzetti casi como una heroína nacional (Somos, Perú 21, La República entre otros), pero este informe es mucho más objetivo porque señala:

  • Que el concepto de inicio del ser concebido para la OMS es la implantación, mientras que para el Perú es la fecundación o fertilización. El TC con la sentencia del 2009 respaldó que así es en el Perú.
  • Que la OMS reconocía el tercer efecto.
  • Que es una estratagema usual acusar a los pro vida de “católicos fundamentalistas” para que sus posiciones parezcan llevadas por la fe más que por la ciencia y el sentido común; el número nunca demostrado de 400,000 abortos (¿no eran 300,000) que se producían en el Perú
  • Quedaba demostrado que el gremio médico no existe en la realidad sino la entelequia de algunos cuantos. Ya desde entonces no había unidad.

Pero lo que podemos sacar en conclusión es que:

  1. Efectivamente ni en ese entonces ni ahora se puede descartar el efecto abortivo de la AOE.
  2. Que la Ministra Mazzetti cometió infracción institucional. La sentencia de la TC señala que los pocos congresistas que tuvieron el valor de decirlo tenían razón. Esperemos no verla más por el MINSA ni en algún cargo político.

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