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Pobre España: el aborto como derecho, la vida como daño

sindrome down Pobre España: el aborto como derecho, la vida como dañoQuien desee saber cómo va a terminar el Perú si abre la puerta al aborto y no defiende la vida desde su concepción, puede apreciar lo que sucede en España. Por los políticos que se dejaron empujar por las ONG´s, entre ellas la IPPF (como ellos mismos mencionan como logro en su web). Ya vimos que se les quitó a los padres el de ser consultados sobre el aborto de las hijas menor de edad, disposición que en un país civilizado parece barbarie o el estatismo más cruel; pues ahora vienen las paradojas, los absurdos y los sinsentidos.

La noticia nos vino a través de Infocatólica, la cual la obtiene de El País de España. El Tribunal Supremo (TS) acaba de dictar una sentencia por la que reconoce explícitamente el daño patrimonial derivado de un diagnóstico prenatal erróneo que privó a la madre de un niño con síndrome de Down de la oportunidad de valorar si abortar o no. Cada uno de los padres recibirá 75.000 euros y, algo novedoso, el niño tendrá una pensión vitalicia de 1.500 mensuales. Desde el año 2005 se han producido una veintena de sentencias por lo que se denomina «nacimiento equivocado».

La madre del niño se quedó embarazada con 39 años de edad y decidió hacerse una prueba de diagnóstico prenatal para detectar posibles daños en el feto y, en caso de haberlos, abortar. La amniocentesis dio como resultado que iba a tener un varón sano, pero al nacer se vio que tenía síndrome de Down. El error venía del laboratorio de genética del departamento de pediatría de la Facultad de Medicina de la Universidad Miguel Hernández de Elche, que tiene un convenio con el Hospital General de Elda y realizó la analítica: había confundido la muestra de la madre con la de otra paciente y le dio un resultado que no era suyo.

Los padres del niño interpusieron una demanda que pasó del juzgado de Alicante al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, donde se dictó la sentencia que condenaba a la Generalidad a indemnizar a la pareja.  La Generalidad presentó un recurso de casación ante el Supremo, que no solo validó la sentencia de Valencia, sino que añadió un detalle más: condenó de forma solidaria a la Universidad, una forma de asegurar el pago. La sentencia destaca que se debe resarcir no solo el daño moral causado a los padres sino también la “lesión puramente económica consistente en el notable mayor coste de criar a un niño con síndrome de Down”.

Lo que no dijeron es si el diagnóstico de Down correcto  llevó a otra pareja a abortar a su niño. Estas son las contradicciones fruto de la falta de respeto a la dignidad y valor de toda vida.

El aborto como derecho, la vida como un daño

El principal escollo que afrontan las acciones por nacimiento equivocado es de carácter moral, al plantear, según algunas opiniones, la vida como un daño. Se inspiran en la jurisprudencia estadounidense, que se basa en que el aborto es un derecho, y solo tiene sentido en las sociedades que lo reconocen como tal.

Por otro lado, ¿dónde quedó lo de niño con “capacidades especiales”?

1 comment to Pobre España: el aborto como derecho, la vida como daño

  • [...] Derechos, daños y el valor de la vida septiembre 28, 2010 0 Comentarios A inicios de agosto se cerró una historia preocupante en España, cuando una madre logró que el Tribunal Supremo condenara a la Generalitat y a la Universidad Miguel Hernández de Elche a pagar 1500 euros al mes en indemnización. El daño: un hijo, nacido en 2004 con síndrome de Down, al que se le permitió nacer gracias a los resultados de la prueba de amniocentesis de otra persona. La sentencia expresa que la indemnización parte del “notable mayor coste de criar a un niño con síndrome de Down”, pero deja entrever que la figura del “nacimiento equivocado” o “wrongful birth” plantea la vida como un daño. [...]

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