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Ministra Araoz defiende la vida. Otros videos

La Ministra de la Producción, Mercedes Araoz, defendió la vida desde su concepción y señaló la viabilidad de la adopción como que la dignidad y el valor de los niños que nacen con alguna limitación física es tan igual que los que nacen completamente sanos.

Magnífica defensa de la vida por parte del rector del Seminario Santo Toribio

El sacerdote José Luis Méndez, quien es también médico, hizo una valiente defensa de la vida y expresó con claridad la magnitud del error que es matar a un niño por nacer.
El reportaje apareció a el 9 de octubre en el noticiero 24 horas de Canal 5.

Ministro de Justicia también se pronuncia en favor de la vida

El Ministro de Justicia, Aurelio Pastor, del partido aprista señaló que participa de posición pro vida. Señaló que en el Perú las leyes protegen al concebido. El reportaje apareció el 15 de octubre en el programa 24 de canal 5.

Dos debates en TV donde se ve la estrategia de los abortistas

La directora de la ONG Manuela Ramos, Gina Yáñez libró la semana pasada dos debates, uno con el Dr. Luis Solari, ex ministro de Salud y ex premier de la República durante el régimen de Alejandro Toledo y con el Dr. Martín Tantaleán Presidente del Centro de Promoción de la Familia y de la Regulación Natural de la Natalidad, más conocido como CEPROFARENA.

El debate con Solari

Fue muy instructivo ver a la abortista Yáñez ignorar en todo su discurso la realidad de un ser vivo, del niño concebido y centrarlo todo en la problemática de la mujer. Llegó a llamar al concebido en determinado momento “producto” lo cual delata que no sólo se autoproclaman defensoras de la mujer sino que ignoran de manera casi obscena la dignidad y el valor del nacido que se encuentra en el seno de su madre.

Solari, más inteligente, integró, como debe ser las dos realidades: mujer y niño. Y como había señalado en una entrevista en RPP realizó las siguientes argumentaciones, algunas de ellas ya compartidas en nuestro blog:

1.- Que las votaciones de los representantes en la Comisión revisora fue caótica (tanto los representantes del Ministerio de Justicia como los del Colegio de Abogados de Lima votaron de manera opuesta); y que tampoco hubo consulta señalando que ningún rector fue consultado y que el Dr. Luis Arias Bramont, representante de la Asamblea Nacional  de Rectores votó por su cuenta.

2.- Que la razón máxima mortalidad materna no es por el aborto, sino por hemorragias pospartos.

3.- Que el número de 400,000 abortos al año en el Perú es un número imaginario, un fraude. Como ex Ministro de Salud no existe ninguna estadística en tal sentido y que la cifra proviene de un estudio financiado por el Instituto Alan Guttmacher (aunque no lo mencionó) un conocido eugenista.

4.- Señaló que Gina Yáñez ha declarado públicamente en una entrevista en TV (que lamentablemente aún no tenemos), que éste es el inicio de la legalización general del aborto en el Perú, lo cual que creemos cierto, aunque no lo haya mencionado expresa la visión de “derecho al aborto irrestricto” porque parte del hecho que la “mujer es dueña de su cuerpo”. Por lo tanto, el aborto es un derecho que no puede ser constreñido.

5.- Un argumento interesante que además esgrimió Solari frente a la derecholatría femenina que esgrimen los movimientos feministas es que la mujer no sólo tiene derechos, sino también deberes y uno de ellos es proteger la vida que tiene en su seno.

El debate con Tantaleán

Yáñez intentó llevar nuevamente el tema a la desolación de la mujer frente al aborto, pero aquí mostró varias contradicciones:

1.- Con Solari señaló que el aborto eugenésico sólo se daría cuando la vida del feto fuera inviable. Con Tantaleán señaló que podía darse en cualquier defecto genético y “tomando en cuenta la realidad cultural y social” de la mujer.

2.- Manejó la cifra no de 400,000 sino 350,000 abortos. Tal manejo de cifras muestra la poca rigurosidad del dato.

3.- Cuando Juan Carlos Tafur le preguntó que de esos supuestos 350,000 abortos cuántos eran por violación, señaló que no sabía el dato, lo cual muestra una vez más lo imaginario del dato ya que se supone que una parte importante de esos abortos respondería a esa causal y la razón de legislar al respecto.

4.- En otro video aparece de parte de un reportero un dato que nos llamó la atención de ser cierta: que el 2008 sólo están registrados 8,000 abortos.

Por su parte el médico Martín Tantaleán señaló con claridad que:

1. Esto es el comienzo del aborto porque se repite el proceso que ha sucedido en otros países en especial en España.

2.- Incidió que la legalización del aborto no disminuye la cantidad de abortos sino los incrementa.

3.- Lamenta que los médicos hayan olvidado el juramento hipocrático de defender la vida.

Dos buenos artículos en defensa del concebido

El día sábado 17 de octubre, en la página de opinión de del diario El Comercio su pudieron leer dos buenas arguymentaciones de sendos abogados en defensa de la vida del no nacido frente al despropósito de los tipos de abortos despenalizados propuestos por 4 personas de la Comisión Revisora del Código de Derecho Penal

evasallo Dos buenos artículos en defensa del concebido

Efraín Vasallo, abogado especialista en derecho penal a favor de la vida

El primero artículo es del abogado Efraín Vasallo, cuyas especialidades son el Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y Criminología. Bajo su responsabilidad estuvo la coordinación general de la investigación “Estudio Analítico y Estadístico de la Participación del Ministerio Público en las Diligencias Especiales conforme al Código Procesal Penal”, llevada a cabo por la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Lima (1996-1997). En igual sentido fue coordinador general de la investigación “Estudio Analítico y Estadístico de la Participación del Ministerio Público en la etapa previa de investigación del delito-nivel policial”, llevada a cabo por el Instituto de Investigación de la Universidad de Lima (1997-1998). Es autor del libro “La Acción Civil en el Proceso Penal” (2000). Es socio del estudio Rodrigo, Elías &  Medrano.

En su artículo con lucidez señala que detrás de las maniobras de las ONG´s abortistas y grupos feministas se esconde el tema económico, pero además señala que debe haber una efectiva penalización del aborto en el nuevo Código Penal.

Anteriormente había escrito en abril del 2008 otro artículo en favor de la vida titulado “¿Qué deice el Código Penal? El impune aborto consentido”, que puede leerse aquí.

La defensa del más débil

No puedo evitar que me cause sorpresa, y un poco de gracia, el que se reanude el viejo debate sobre la despenalización del delito de aborto, cuando en la práctica esta despenalización existe desde hace varios años. En efecto, los tres meses de privación de libertad que prevé el artículo 120 del Código Penal tanto para el caso del aborto sentimental (cuando el embarazo ocurre por una violación), como para el aborto eugenésico reflejan lo que en derecho penal se conoce como una sanción simbólica, imposible de hacerse efectiva y de pronta prescripción.

La cuestión, en consecuencia, no está dirigida a la supresión de penas simbólicas y que nunca se aplican, sino más bien a la legalización de todo un sistema médico, publicitario y comercial que tiene como único objetivo la supresión de vidas inocentes, bajo el falaz pretexto de proteger la dignidad de la mujer. Es decir, aflora el trasfondo económico una vez más.

Lo cierto es que no hay nada de digno en quitarle la vida a un ser humano indefenso y no existe forma legal alguna en que se modifiquen las normas autorizando la realización de abortos, bajo las consideraciones antes expuestas, sin atentar contra lo expresamente previsto en la Constitución Política, en el sentido de que la protección de la vida es un derecho fundamental que le asiste a todo ser humano desde el momento de su concepción.

Sin lugar a dudas, una violación sexual es un crimen bárbaro y cobarde; sin embargo, no puede trasladarse la carga de dicho acto criminal a la vida inocente que yace en el vientre materno. Esa vida es independiente de la de la madre víctima de la violación y de la del padre criminal y violador. No se trata, en absoluto, de una parte del cuerpo de la mujer respecto de la cual se pueda decidir libremente su extirpación.

Tampoco puede considerarse válido el argumento de la justificación del aborto sobre la base de que el concebido y futuro hijo recordará siempre a la inocente víctima de la violación al padre criminal y violador. De ser válido dicho argumento, también podríamos justificar la supresión de la vida de los niños y jóvenes nacidos de una violación, quienes, no obstante el paso de los años, no dejan de constituir un recuerdo terrible para las madres violadas.

Por supuesto, debemos tomar verdadera conciencia respecto de la gravedad de la victimización de las violaciones, así como de las terribles consecuencias a corto y largo plazo para las inocentes mujeres que las sufren; no obstante, la solución nunca podrá ser la de victimizar al fruto inocente de dicho crimen. Lo cierto es que con aborto o sin él, la mujer violada nunca podrá superar, del todo, el trauma de la violación; sin embargo, el camino del aborto también será una carga moral para ella por siempre.

En cuanto al aborto eugenésico, la situación es prácticamente la misma. Tomar la decisión de quitarle la vida a un ser humano por el hecho de que tenga graves taras físicas o psíquicas es exactamente igual a matar a todas las personas que nacieron y se desarrollaron con estas falencias.

Creo en la necesidad de modificar el artículo 120 del Código Penal, pero no para despenalizar una figura que en la práctica, repito, se encuentra exenta de sanción desde hace muchos años, sino para penalizarla eficazmente, lo que significa elevar las penas de acuerdo con la verdadera gravedad del delito. El homicidio premeditado de un ser humano incapaz de defenderse no puede ser castigado con solo tres meses de privación de la libertad.

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dr oscar diaz 300x197 Dos buenos artículos en defensa del concebido

Oscar Díaz, abogado constitucionalista, Doctor en Derechos Humanos, a favor de la vida

El segundo artículo corresponde al  abogado Oscar Muñoz Díaz,  Doctor en Derechos Humanos y Libertades Fundamentales por la Universidad de Zaragoza. Diplomado de la Universidad de Verano de Derechos Humanos y del Derecho a la Educación – Ginebra, Suiza. Profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor de Derechos Humanos en la Maestría en Derecho con mención en Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor Asociado de la Academia de la Magistratura. Asociado Ordinario de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional. Miembro Ordinario de la Sección de Derecho del Instituto Riva-Agüero, Escuela de Altos Estudios de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asesor Legal de diversas instituciones públicas y privadas. Autor de diversos artículos y publicaciones.

En su artículo, hace un recorrido del estatuto jurídico peruano que defiende la vida del concebido y reta a la Comisión Revisora “cómo compatibilizan el derecho a la vida del concebido con la práctica del aborto”.

¿Y la vida del concebido?

La comisión especial revisora del Código Penal ha acordado despenalizar el aborto cuando el embarazo es consecuencia de violación sexual y cuando el fin es “evitar el nacimiento de personas con graves taras físicas o psíquicas” (denominado aborto eugenésico). En los argumentos a favor de esta despenalización, puede fácilmente apreciarse que está ausente (o soslayada) la consideración de la titularidad del derecho a la vida de quien morirá como consecuencia del aborto: el concebido.

Existe sobrada evidencia científica de que la vida del ser humano empieza en el momento de la concepción, es decir de la fecundación del óvulo por el espermatozoide. Tras la fusión de los núcleos gaméticos materno y paterno, el núcleo resultante es el centro coordinador del desarrollo, que reside en las moléculas de ADN, resultado de la adición de los genes paternos y maternos en una combinación nueva y singular. El embrión así formado es la primera realidad corporal de un nuevo ser humano, que no forma parte de la madre o de alguno de sus órganos, aunque dependa de ella para su propio desarrollo.

Por esta prueba de la ciencia, el derecho a la vida desde la concepción es reconocido por la Convención Americana de Derechos Humanos, nuestra Constitución, el Código Civil y el Código de los Niños y Adolescentes.

Existiendo, entonces, un ser humano desde la concepción, este es titular de derechos humanos, empezando por el más esencial y condición para los demás: el derecho a la vida. Por ello, debe protegérsele —como a usted, estimado lector, y como a toda persona— de cualquier afectación a ese derecho.

Así lo han entendido los tribunales constitucionales de Argentina (2002), Chile (2008) y Ecuador (2006), que han considerado a la píldora del día siguiente violatoria del derecho a la vida del concebido, por su efecto de impedir la implantación del embrión en el útero materno. Y por el mismo motivo de afectación al derecho a la vida del concebido, en el 2000 la Corte Suprema de Costa Rica declaró inconstitucional la práctica de la fecundación in vitro.

Si no se eludiera el derecho a la vida del embrión humano, cabría preguntarse: ¿puede ser constitucional privarle de la vida cuando ha sido concebido como consecuencia de una violación sexual? Si resulta muy discutible desde los derechos humanos instituir la pena de muerte por delitos especialmente graves, ¿cómo podría justificarse constitucionalmente que se dé muerte a un niño que no tiene ninguna responsabilidad en la violación? El respeto al derecho a la vida exigiría que la sociedad o, subsidiariamente, el Estado, den acogida al niño rechazado por su madre, para que pueda ser dado en adopción.

En cuanto al aborto eugenésico, la privación de la vida del embrión por sus taras físicas o psíquicas evoca a la Alemania nazi, donde se trató de evitar, mediante la esterilización, la procreación de personas con supuestas taras genéticas. ¿Volvemos con el aborto eugenésico a una de las épocas de mayor barbarie para los derechos humanos?

Si la justificación para legalizar el aborto es que, a pesar de ser un delito, hay abortos clandestinos, con la misma lógica habría que despenalizar el robo porque, no obstante ser delito en el Código Penal, continúan habiendo robos. El Estado tiene el deber de tutelar el derecho a la vida, sin distinción de la condición o edad de su titular, pues, de lo contrario, ¿por qué no despenalizar también el homicidio o el asesinato?

La clave, entonces, es pedir a los miembros de la comisión revisora del Código Penal que expliquen cómo compatibilizan el derecho a la vida del concebido con la práctica del aborto. Si esquivan una respuesta, es porque la vida humana comienza con la concepción, y afirmar lo contrario es soslayar la evidencia científica y el mandato de nuestra Constitución.

Conferencia Episcopal Peruana emite comunicado en defensa de la vida

Aunque no somos un blog confesional, tenemos un gran respeto por la  Iglesia Católica como la tienen la mayoría de los peruanos (las encuestas siempre la han considerado como la institución más creíble y de confianza en nuestro país). Los que no tienen ningún prejuicio hacia la Iglesia Católica saben que tiene un corpus doctrinal y su posición a favor de la vida no sólo es un tema de fe sino que se basa en el derecho natural y los valores que permiten que haya una sociedad justa. El presente comunicado toma la posición de los Obispos del Perú de manera conjunta y que millones de peruanos suscriben.  Los laicistas, entre ellas las feministas que pertenecen al grupo  “Libertades laicas” no entienden  que aunque el Estado es laico, no puede significar que se ignore que el 85% de los peruanos pertenece a la Iglesia Católica, y el 95% es cristiano. Un Estado laico no significa un estado que ignore lo que piensan, sienten y creen los peruanos. (Las negritas son nuestras)

Conferencia Episcopal Peruana1 Conferencia Episcopal Peruana emite comunicado en defensa de la vida

LA VIDA ES EL FUNDAMENTO DE TODOS LOS DERECHOS HUMANOS

papajp nino Conferencia Episcopal Peruana emite comunicado en defensa de la vidaLos Obispos del Perú, ante la discusión pública que se le ha dado en estos días al tema de la despenalización del aborto por violación y por malformación, consideramos necesario emitir un pronunciamiento en defensa de la vida.

l.        La Declaración Universal  de los Derechos Humanos optó decididamente por la defensa de la vida. También nuestro ordenamiento constitucional vigente reconoce y protege la vida humana desde su inicio: la concepción.

2.       Por ello la protección al niño por nacer no debe admitir excepciones ni dudas de ningún tipo. Desde la concepción se inicia el desarrollo de la vida, que no debe ser interrumpido por ningún motivo. El valor de la vida y su defensa desde el primer instante no se puede alterar sin causar un gravísimo daño al más genuino compromiso con el ser humano y sus derechos.

3.       En este sentido afirmamos que no hay situación o dificultad humana que autorice matar a un inocente. Si se niega al niño por nacer su derecho a la vida caemos en el gravísimo riesgo de perder  la coherencia  que debe tener nuestro ordenamiento legal, pues tergiversamos gravemente el fundamento de la vigencia de los demás derechos inherentes al ser humano:  la defensa de la vida desde la concepción.

4.       Cada ser humano tiene un valor único e irrepetible como lo afirmaba siempre el Papa Juan Pablo II. Por ello hacemos una seria invocación para que todos nos unamos en la defensa de la vida sin distinciones ni cálculos políticos ni religiosos. Debemos exigir que no aparezcan leyes crueles inicuas que autoricen la eliminación de los seres más indefensos.

5.       La sociedad no debe admitir una tendencia exclusivamente materialista en la que sólo se le da valor y se privilegia lo que se considera útil. Una tendencia a evadir el dolor y no ver en él una ocasión de servicio, sería la corrosión del valor más importante para la convivencia social: la defensa de la vida desde la concepción, hasta la muerte natural. Entraríamos en una espiral que perjudica de manera abusiva a los más pobres e indefensos como son los niños por nacer.

papa BXVI nino 234x300 Conferencia Episcopal Peruana emite comunicado en defensa de la vida6.       No dejemos que se juegue con los sentimientos de nuestro pueblo y menos aún con los de la mujer peruana aduciendo casos dolorosos para justificar el delito del aborto, que es matar a un inocente indefenso. No maltratemos esta realidad sagrada, que es el respeto por la vida, para descalificar con frases agraviantes a quienes no piensan igual. Busquemos respuestas que defiendan toda vida humana, despertando la solidaridad, la fraternidad y el amor gratuito como el Papa Benedicto XVI nos acaba de enseñar en su última Encíclica, “Caritas in Veritate”.

7.       Los peruanos, y de manera especial las madres de familia, siempre han dado pruebas de ser un pueblo generoso que acoge y defiende la vida, por ello hacemos un serio llamado a todas las instituciones para que juntos pongamos todos los medios para ayudar a los hogares en dificultades materiales, para sensibilizar a todos, a través de los medios de comunicación, en el respeto a toda vida ya que siempre es un valor sagrado que no se debe eliminar por ningún motivo. Se trata de ser o no ser, de existir o no existir, de seguir viviendo o ser aniquilados antes de poder decidir.

8.    Nos preocupa el mensaje que estamos dando a las nuevas generaciones. ¿Cuál será nuestro futuro si a nuestros niños les decimos que una vida dentro del vientre de la madre puede ser eliminada, desechada? ¿Acaso su vida pudo serlo en algún momento? ¿Acaso ellos podrán eliminar una vida en el futuro?, ¿Este es el tipo de mundo que queremos construir?

9.    Pedimos a nuestros médicos, fidelidad a su juramento hipocrático de defender la vida y los exhortamos que procuren siempre la defensa de todas las vidas que tienen en sus manos. En el caso de mujeres embarazadas, la vida de la madre y de su hijo por nacer, merecen protección y cuidado, porque todo ser humano, nacido o por nacer, posee la misma dignidad y el mismo valor.

10.     Invocamos a quienes tienen la grave responsabilidad política de legislar sobre estas materias para que por respeto a la verdad científica y protegiendo un valor esencial sobre el cual se apoya toda la doctrina universal de los Derechos Humanos, tengan el valor de defender la vida siempre y en todas las circunstancias ya que es un don que Dios ha dado a la humanidad.

Recordemos la célebre expresión de la Madre Teresa de Calcuta: “El más grande destructor de la paz es el aborto porque, si una madre puede matar a su propio hijo ¿qué nos queda a nosotros, matarte a ti y tú matarme a mí? ¡No nos queda más que eso!”

Lima. 16 de octubre de 2009.

Los Obispos del Perú

Ex fiscal de la Nación acusa al representante del Colegio Médico de “cosificar” al ser humano

cesarelejalde1 Ex fiscal de la Nación acusa al representante del Colegio Médico de cosificar al ser humano

Dr. César Elejalde, aclara al Colegio Médico del Perú

En la edición del día de hoy de El Comercio, César Elejalde Estenssoro, ex fiscal de la Nación, y que entre sus obras se encuentra “Derechos y Deberes fundamentales de la persona humana de la Constitución de 1979″, ha escrito un artículo que deja por sentado la visión ideológica que ahora prima en el Colegio Médico del Perú. No tenemos la certeza quién fue el representante, pero no nos queda duda que tiene que ser de su dirigencia. Seguiremos investigando. Mientras tanto, aquí se encuentra el link de El Comercio o si lo desean leerlo en el blog, aquí se encuentra el artículo:

Defendamos la Vida

Hemos oído por la radio a un representante del Colegio Médico llamar al ser humano concebido “el producto”. Se trata de un inaceptable y malicioso menosprecio del ser humano, de la persona humana, destinado a restarle valor a la supresión de la vida.

“Producto” significa “cosa producida”. Sería interesante que el médico que se expresó de esa manera nos dijera en qué momento de su concepción dejó de ser “cosa producida” para convertirse en la “persona” que es ahora.

Se pretende ignorar la Convención Americana sobre derechos humanos, de la cual el Perú es signatario y sus normas son de cumplimiento obligatorio al igual que la propia Constitución de la República. En ambos cuerpos legales, se reconoce al concebido —desde el momento de la concepción— como persona, con derecho a la vida.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece al respecto: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

El texto es claro, el concebido es persona y, como tal, tiene derecho a la vida. La misma convención declara en el capítulo sobre la “correlación de deberes y derechos”. Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática. “Es decir, el derecho de la mujer embarazada está limitado por el derecho a la vida de la persona concebida”.

El artículo 55 de la Constitución vigente establece: “Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional”.

La Constitución Política del Perú establece en su artículo 2: “Toda persona tiene derecho:

A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto lo favorece”.

Como puede apreciarse, la Constitución vigente señala la calidad de “persona” del concebido y su derecho a la vida.

De conformidad con las normas mencionadas, ¿quién puede arrogarse el derecho de asesinar al ser humano concebido? ¿La persona concebida debe ser condenada a muerte pese a ser inocente del delito que pudiera haber cometido el violador? ¿Debe ser eliminada la persona en razón de sus defectos congénitos graves? ¿La eutanasia es legal y justificable en estos casos?

Debemos responder a estas y a muchas otras preguntas como ¿Qué intereses económicos hay detrás de la propuesta pro abortos? ¿Cuántas clínicas abortivas podrían lucrar libremente y sin sanción dedicándose a matar personas indefensas?

(*) Ex fiscal de la Nación